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ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN RELEVANTE
No. 15/16
Régimen de Fomento para las Micro, pequeñas y medianas empresas
Se
sanciona la Ley 27.264 de Fomento para las PyMEs que instrumenta diversas
medidas de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, en materia de
beneficios fiscales y de fomento a la utilización de instrumentos de crédito.
Medidas destacables:
- Eximición del impuesto a la ganancia mínima
presunta para ejercicios que comiencen el 1-1-2017
- Ingresar el saldo de la declaración jurada
de iva al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original (EN LA
PRÁCTICA A 90 DIAS)
- Tomar como pago a cuenta del impuesto a las
ganancias de un porcentaje de las inversiones productivas que se efectúen
- Creación de un bono de crédito fiscal
equivalente a un porcentaje del importe de las inversiones en bienes de capital
y/u obras de infraestructura que realicen;
- La posibilidad de solicitar la conversión
del crédito fiscal originado en inversiones productivas que no sea absorbido en
el ejercicio en un bono para cancelar tributos nacionales, incluidos los
aduaneros;
- El cómputo como pago a cuenta del impuesto
a las ganancias de la TOTALIDAD del impuesto a los créditos y débitos en las
operaciones bancarias;
- La elevación del monto de los certificados
de crédito fiscal que se otorgan con motivo del régimen de crédito fiscal para
la educación técnica -L. 22317-
- Se amplía el alcance del Fondo de Garantías para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa (FOGAPYME), como así también el universo de sujetos que pueden acceder
al régimen de bonificación de tasas de interés para créditos financieros -art.
4, L. 24467-;
- Se permite a las SRL la posibilidad de emitir obligaciones negociables, y a las
entidades de seguro, invertir en las mismas;
- Se propician medidas para favorecer la negociación de pagarés en los mercados
de valores; y
- Se instruye al Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social a realizar las acciones necesarias para que el acceso
a los beneficios del Programa de Recuperación Productiva pueda realizarse
mediante trámite simplificado para las micro, pequeñas y medianas empresas.
Nota: La
presente ley se encuentra pendiente de reglamentación a la fecha de este
informativo.
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