viernes, 5 de agosto de 2016

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                                                                                                                    No. 15/16
Régimen de Fomento para las Micro, pequeñas y medianas empresas

Se sanciona la Ley 27.264  de Fomento para las PyMEs que instrumenta diversas medidas de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, en materia de beneficios fiscales y de fomento a la utilización de instrumentos de crédito.

Medidas destacables:

- Eximición del impuesto a la ganancia mínima presunta para ejercicios que comiencen el 1-1-2017
- Ingresar el saldo de la declaración jurada de iva al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original (EN LA PRÁCTICA A 90 DIAS)
- Tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias de un porcentaje de las inversiones productivas que se efectúen
- Creación de un bono de crédito fiscal equivalente a un porcentaje del importe de las inversiones en bienes de capital y/u obras de infraestructura que realicen; 
- La posibilidad de solicitar la conversión del crédito fiscal originado en inversiones productivas que no sea absorbido en el ejercicio en un bono para cancelar tributos nacionales, incluidos los aduaneros; 
- El cómputo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias de la TOTALIDAD del impuesto a los créditos y débitos en las operaciones bancarias; 
- La elevación del monto de los certificados de crédito fiscal que se otorgan con motivo del régimen de crédito fiscal para la educación técnica -L. 22317-
- Se amplía el alcance del Fondo de Garantías para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), como así también el universo de sujetos que pueden acceder al régimen de bonificación de tasas de interés para créditos financieros -art. 4, L. 24467-; 
- Se permite a las SRL la posibilidad de emitir obligaciones negociables, y a las entidades de seguro, invertir en las mismas; 
- Se propician medidas para favorecer la negociación de pagarés en los mercados de valores; y 
- Se instruye al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar las acciones necesarias para que el acceso a los beneficios del Programa de Recuperación Productiva pueda realizarse mediante trámite simplificado para las micro, pequeñas y medianas empresas

Nota: La presente ley se encuentra pendiente de reglamentación a la fecha de este informativo.

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