modificación del impuesto
a las ganancias y el monotributo
Se publicó
oficialmente la ley que modifica el impuesto a las ganancias y el monotributo. Las principales modificaciones efectuadas son las siguientes:
1) Impuesto a las Ganancias:
* Se elevan un 23% las deducciones personales con respecto a los valores aplicables para el año en curso.
* Se establece una nueva escala de alícuotas, comenzando a tributar con una alícuota del 5%.
* Los hijos o hijastros serán deducibles, en tanto sean menores de 18 años.
* Se establece una nueva forma de calcular la incidencia del SAC disponiendo que la AFIP deberá establecer un procedimiento para prorratear el mismo durante los 12 meses del año.
* Se establecen nuevas deducciones en concepto de viáticos y alquileres de casa habitación.
* Se establece un incremento adicional en las deducciones personales del 22%, aplicable a los sujetos que se desempeñen en las zonas patagónicas.
* El plus que se abone en concepto de hora extra por prestar servicios en días feriados, inhábiles y fines de semana queda exento del impuesto a las ganancias.
* Los montos percibidos en concepto de horas extras no generarán un salto en la escala del impuesto.
* Los importes de las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto se actualizarán en función del RIPTE.
2) Monotributo:
* Se incrementan los importes máximos de facturación de cada categoría, pasando de $ 400.000 anuales a $ 700.000 para prestaciones de servicios, y de $ 600.000 a $ 1.050.000 en el caso de venta de bienes, como así también se incrementan los importes del impuesto integrado aplicable.
* Se posibilita que los sujetos que hayan quedado excluidos de pleno derecho durante los 12 meses inmediatos anteriores a la vigencia de las nuevas disposiciones puedan volver a adherir al régimen sin esperar el plazo de 3 años contados desde su exclusión.
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