SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN RELEVANTE No. 17/16
Promoción
del Trabajo
Mediante el Decreto
946/2016 se prorrogan por 12 meses los beneficios de la Ley 26940 (Título II,
Capítulo II).
Beneficios
a) Sistema Integrado Previsional
Argentino, leyes 24241 y 26425;
b) Instituto Nacional de Servicios Sociales
para Jubilados y Pensionados, Ley 19032 y sus modificatorias;
c) Fondo Nacional de Empleo, Ley 24013 y sus modificatorias;
d) Régimen Nacional de Asignaciones
Familiares, Ley 24714 y sus modificatorias;
El empleador gozará de este beneficio por
cada nuevo dependiente, siempre que este trabajador produzca un incremento en la
nómina de personal respecto al período marzo de 2014
Para los
empleadores que tengan entre 16 y 80 trabajadores, el
beneficio consistirá en que durante los primeros 24 meses de la
relación laboral se ingresará el 50% de las citadas
contribuciones.
a) Figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL);
b) Incurran en prácticas de uso abusivo del beneficio establecido en la presente Ley;
c) Empleados que hubieran sido declarados en el régimen general de la seguridad social con anterioridad de la entrada en vigencia de la presente ley y continúen trabajando para el mismo empleador;
d) Ex - Empleados que sean reincorporados por el mismo empleador dentro de los 12 meses, contados a partir de la fecha de la desvinculación.
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