SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN
RELEVANTE N° 23/16
APORTES AUTÓNOMOS - NUEVOS VALORES
Tratamiento del tema:
Se han modificado los importes que deben abonar los
trabajadores autónomos.
Vigencia de la modificación:
Regirán a partir de la obligación de pago mensual
correspondiente al período devengado SEPTIEMBRE de 2016 con vencimiento en
OCTUBRE de 2016, y siguientes.
Nuevos valores:
Grupos
de actividades
|
Ingresos
brutos obtenidos en el último año
|
Categorías
|
|
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales
o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier
tipo
|
Mayores
a $ 30.000
|
V
|
4.620,80
|
Mayores
a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000
|
IV
|
3.360,59
|
|
Menores
o iguales a $ 15.000
|
III
|
2.100,36
|
|
Actividades no incluidas en el punto anterior que constituyan
locaciones o prestaciones de servicios
|
Mayores
a $ 20.000
|
II
|
1.470,26
|
Menores
o iguales a $ 20.000
|
I
|
1.050,18
|
|
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos
anteriores
|
Mayores
a $ 25.000
|
II
|
1.470,26
|
Menores
o iguales a $ 25.000
|
I
|
1.050,18
|
|
Afiliaciones voluntarias
|
Sin
limitación
|
I
|
1.050,18
|
Menores de 18 años hasta 21 años
|
1.050,18
|
||
Jubilados por la ley 24241
|
886,09
|
||
Amas de casa y ex agentes de la Administración Pública
|
361
|
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