martes, 11 de octubre de 2016

SERVICIO DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN RELEVANTE No. 24/16
               
AUTÓNOMOS -  MONOTRIBUTISTAS
Nueva forma de pago

Tratamiento del tema:  

A través de la RG 3936, la AFIP establece que los trabajadores autónomos encuadrados en las categorías III, III’, IV, IV’, V y V’ y los monotributistas encuadrados en las categorías H, I, J, K y L  deberán cumplir con sus obligaciones de pago mensual mediante alguna de las modalidades que se indican a continuación:

* Transferencia electrónica de fondos;
* Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito;
* Débito en cuenta a través de cajeros automáticos; o
* Débito directo en cuenta bancaria

Asimismo, podrán solicitar -sin costo- la apertura de una “caja de ahorro fiscal” en cualquier sucursal o en la Casa Central del Banco de la Nación Argentina. 
Vigencia:


Esta resolución entra en vigencia a partir del día 14 de setiembre de 2016 y resultará de aplicación a las obligaciones fiscales cuyos vencimientos se produzcan en los meses que se indican a continuación:

a) Monotributistas
* Categorías L y K: octubre de 2016
* Categorías J e I: noviembre de 2016
* Categoría H: diciembre de 2016

b) Autónomos
* Categorías V y V’: octubre de 2016
* Categorías IV y IV’: noviembre de 2016
* Categorías III y III’: diciembre de 2016.

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